Programa Aliados notariales · Cobertura CDMX y ZMVM · Edición 2026

El dictamen técnico que el Código Civil supone existe.

Un diagnóstico preventivo de los nueve sistemas constructivos del inmueble, fechado y respaldado pericialmente, que se integra al expediente de la escritura. Pensado para acompañar la actuación notarial sin invadirla, y para colocar al comprador, al vendedor y a la propia notaría sobre un plano probatorio común.

Marco legal
Artículos 2142–2149
Código Civil para la CDMX
Saneamiento por vicios ocultos
Plazo aplicable
1 año en inmuebles
10 años en defectos estructurales
Prescripción aplicable a la acción
Cobertura
Ciudad de México
y zona metropolitana
Atención presencial en sitio
El supuesto del legislador

El notario garantiza la posesión jurídica pacífica. La posesión útil queda fuera de su radar.

La fe pública se concentra, con razón, sobre el saneamiento por evicción: que el adquirente no sea molestado en el goce del bien por causas anteriores a la transmisión. Sobre ese plano, el notario actúa con diligencia ejemplar.

El estado físico del inmueble, en cambio, no entra al protocolo. No hay obligación legal de verificarlo y, en la práctica notarial, tampoco hay forma razonable de hacerlo: requiere herramienta técnica, recorrido detallado y firma pericial.

Esa zona —prevista por el Código pero no documentada en la operación— es donde nacen los litigios por vicios ocultos. La hipótesis legal existe; la prueba no se construye.

63%

Participación de la vivienda usada dentro del crédito hipotecario originado a clientes finales.

SHF / BBVA Research, Situación Inmobiliaria 2025.

8.7%

Apreciación anual del precio de la vivienda usada en la Zona Metropolitana del Valle de México.

Índice SHF de Precios de la Vivienda, 2025.

1año

Plazo para ejercer la acción por vicios ocultos sobre inmuebles en CDMX, frente a seis meses del fuero federal.

Art. 2149, Código Civil para la Ciudad de México.

El instrumento

Dictamen Técnico de Estado del Inmueble previo a Escrituración.

Diagnóstico Integral DOMUS
Dictamen Técnico · Versión Notarial
01
Sistema Hidráulico
02
Sistema Eléctrico
03
Gas LP / Natural
04
Impermeabilización
05
Estructural
06
Cisterna y Bombeo
07
Carpintería
08
Recubrimientos y Acabados
09
Equipos Especiales
i. Lo que se entrega

Documento pericial fechado y firmado.

PDF con folio único, semáforo BIEN / ATENCIÓN / URGENTE por sistema, evidencia fotográfica por hallazgo, y firma del responsable técnico.

ii. Tiempo de entrega

Operativamente integrable al protocolo.

Inspección presencial de 4 a 6 horas en sitio. Reporte completo entregado en un máximo de cinco días hábiles posteriores a la visita.

iii. Responsable técnico

Equipo DOMUS, dirección de operaciones.

Inspección coordinada por el Ing. Rodrigo Portilla, Director de Operaciones, formación en ingeniería civil y experiencia en obra residencial.

iv. Confidencialidad

Manejo institucional de la información.

Acuerdo de confidencialidad disponible a solicitud. Entrega del dictamen exclusivamente a las partes designadas por la notaría o por el cliente.

Tres usos jurídicos

Una sola pieza documental, tres figuras protegidas.

Para el comprador

Evidencia de preexistencia del vicio.

El dictamen fija el estado del inmueble el día anterior a la firma. Frente a un hallazgo posterior, el adquirente cuenta con un instrumento pericial fechado que satisface la carga probatoria del artículo 2158 sin necesidad de reconstruir, en juicio, condiciones que ya no son verificables.

Cf. Art. 2158, CC CDMX
Para el vendedor

Declaración de “estado conocido”.

Lo que el reporte documenta y el comprador acepta por escrito deja de ser, en términos del artículo 2143, un vicio oculto. El dictamen, convertido en anexo del contrato, retira del régimen de saneamiento todo aquello que ambas partes ya conocen en el momento de transmitir.

Cf. Art. 2143, CC CDMX
Para la notaría

Refuerzo a la diligencia debida.

Frente a partes sofisticadas y operaciones de alto valor, el dictamen eleva el estándar de actuación notarial sin alterar el protocolo. Es un instrumento de diferenciación competitiva en plazas como Polanco, Lomas de Chapultepec e Interlomas, donde el cliente espera información técnica adicional.

Práctica notarial · diligencia reforzada
Integración al protocolo

Sin fricción para el protocolo de la notaría.

T − 14 días

Solicitud y agendamiento

La notaría o el cliente designado solicitan la inspección. El equipo DOMUS confirma fecha, alcance y responsable técnico en menos de cuarenta y ocho horas.

T − 7 días

Inspección presencial

Recorrido pericial de los nueve sistemas, instrumentación calibrada y registro fotográfico exhaustivo. Permanencia en sitio de cuatro a seis horas.

T − 2 días

Entrega del dictamen

Documento pericial con folio único, fechado y firmado, entregado a las partes que la notaría designe. Disponible en formato impreso y electrónico.

Día de la firma

Anexo al protocolo

El dictamen se incorpora al expediente notarial como anexo del contrato, dejando constancia documental del estado conocido del inmueble en el momento de la transmisión.

Modelo de colaboración

Una alianza simple, sin compromisos cruzados.

El programa de aliados notariales se construye sobre una premisa elemental: ningún acuerdo económico entre la notaría y el equipo DOMUS, ningún flujo cruzado de remuneración, ninguna obligación de dirigir clientes. La relación se sostiene exclusivamente sobre el valor técnico del instrumento.

  1. Sin costo ni cuota para la notaría.

    El dictamen lo contrata directamente la parte interesada de la operación. No existe membresía, suscripción ni participación de gastos a cargo del despacho notarial.

  2. Sin comisión cruzada.

    No se entrega contraprestación alguna por referenciar clientes. La transparencia de la relación es una condición no negociable del programa.

  3. Acuerdo de confidencialidad disponible.

    A solicitud de la notaría o de cualquiera de las partes, se firma NDA institucional previo a la inspección. La información del dictamen se entrega únicamente a destinatarios designados por escrito.

  4. Material informativo para el cliente.

    Documentación impresa y digital lista para entregar al adquirente o al vendedor, redactada en registro técnico-jurídico, sin lenguaje comercial.

  5. Reunión técnico-jurídica de 30 minutos.

    Sesión inicial con el equipo DOMUS para revisar marco legal, formato del dictamen y un caso ilustrativo. Sin compromiso posterior por parte de la notaría.

Quiénes somos

DOMUS Home & Building.

Empresa mexicana pionera en diagnóstico técnico residencial preventivo, especializada en propiedades de alto valor en la Ciudad de México y la zona metropolitana del Valle de México. La actividad se concentra en la elaboración de dictámenes periciales sobre el estado físico del inmueble, con metodología propia y trazabilidad documental.

La analogía médica que utilizamos con clientes finales —el médico que tu casa necesita— se mantiene en segundo plano cuando el interlocutor es un colega del derecho. Frente a la notaría, el lenguaje pertinente es el técnico-jurídico, que es donde se sostiene la utilidad del instrumento.

Razón social
Nativ Commerce Group, S. de R.L. de C.V.
RFC
NCG150728QA4
Domicilio comercial
Ciudad de MéxicoAtención presencial bajo cita
Director de Operaciones
Ing. Rodrigo PortillaResponsable técnico de los dictámenes
Fundador
Jesús Ibarra
Cobertura
CDMX y Zona Metropolitana del Valle de México
Contacto institucional
contacto@domus-hb.com
Programa de aliados notariales

Una reunión de treinta minutos, sin compromiso posterior.

La sesión cubre tres puntos: el marco legal aplicable a la operación, el formato del dictamen tal como se integra al expediente, y un caso ilustrativo —anonimizado— que permite ver el instrumento en uso real.

Agendar reunión técnico-jurídica

o escribir directamente a contacto@domus-hb.com

Preguntas frecuentes

Lo que suele preguntarse antes de la primera reunión.

¿El dictamen sustituye al avalúo o al certificado de libertad de gravámenes?

No. Son instrumentos distintos y complementarios. El avalúo determina valor económico; el certificado, la situación registral. El dictamen DOMUS documenta el estado físico del inmueble y opera, en términos probatorios, sobre el régimen de vicios ocultos del Código Civil.

¿Genera responsabilidad adicional para la notaría?

No. La fe pública notarial no cubre el estado físico del inmueble, y el dictamen no la extiende. Funciona como anexo aportado por las partes y queda firmado por el responsable técnico de DOMUS, sin incorporar al notario en cadena de responsabilidad técnica.

¿Quién contrata y paga el dictamen?

Lo contrata directamente la parte interesada de la operación —típicamente el comprador, en ocasiones el vendedor cuando desea cerrar el riesgo de saneamiento. La notaría no participa en la relación económica ni recibe contraprestación alguna por referencia.

¿Qué pasa si el dictamen revela un hallazgo URGENTE antes de la firma?

Se entrega a las partes designadas y la decisión queda en su esfera. Lo habitual es que se renegocie un ajuste de precio, se acuerde la corrección antes de la firma, o se documente expresamente como “estado conocido”, conforme al artículo 2143. En todos los casos, la notaría conserva libertad operativa.

¿En qué plazo se puede agendar?

El agendamiento ordinario opera con siete a catorce días de anticipación, lo que permite incorporar el dictamen al expediente sin alterar la fecha de firma. Para operaciones con calendario apretado, existe un protocolo de atención prioritaria.

¿Tienen experiencia con propiedades de alto valor en zonas como Lomas de Chapultepec, Polanco o Interlomas?

Sí. La cartera del equipo DOMUS se concentra precisamente en esos corredores, así como en Bosques de las Lomas, Santa Fe residencial y Tecamachalco. La metodología y los formatos del dictamen están calibrados para operaciones de esa naturaleza, donde el cliente espera estándares técnicos elevados.